por Instituto Médico Láser el Vie Nov 18, 2011 3:54 pm
Buenos días,
En depilación láser Médica no hay ninguna normativa que contemple el deber de realizar un contrato por escrito antes de realizar un tratamiento de depilación láser.
Sin embargo sí es conveniente establecer algunas pautas que garanticen al paciente, que en este caso es el consumidor, las condiciones en las que se efectúa dicho tratamiento.
Por ejemplo, en Instituto Médico Láser, para tratamientos agrupados por sesiones, se realiza un contrato bilateral, por ambas partes: el centro que realiza el tratamiento y el paciente que lo recibe.
En dicho contrato se establece el tipo de tratamiento que se realiza, la modalidad del tratamiento contratado, ya sea depilación facial o corporal y el número de sesiones contratado.
El contrato de Depilación Láser recoge también todos y cada uno de los detalles del tratamiento que se ha contratado en cuanto a información de la Depilación Láser, recomendaciones, etc… y constituye a su vez una garantía para el paciente en tratamientos que se realizan a largo plazo, como es este caso, de la depilación médica láser en el que se precisan un número de sesiones que se alargan en el tiempo para poder obtener unos resultados satisfactorios.
Saludos desde Instituto Médico Láser
Verónica (Dpto. Atención al Paciente)